Como sabréis, a partir de hoy, 1 de julio de 2006, se pone en marcha el sistema de puntos en el permiso de conducir. ¿Qué quiere decir? Pues que tendremos que llevar cuidado con lo que hacemos en la carretera o perderemos puntos por las infracciones que cometamos. Al llegar a 0 puntos, nos quedamos sin carnet... Aquí va la lista de infracciones y los puntos que restan cometerlas:
2 PUNTOS
Parar o estacionar en las curvas, cambios de rasante, túneles, pasos inferiores, intersecciones... en cualquier lugar donde suponga un peligro para la circulación o peatones.
Parar o estacionar en los carriles reservados para transporte público urbano.
Utiliar sistemas de detección de radares.
Circular sin alumbrado adecuado cuando se requiera, o utilizarlo incorrectamente.
Circular con menores de 12 años como pasajeros de motocicletas o ciclomotores (con excepciones reglamentarias).
3 PUNTOS
Hacer un cambio de sentido donde está prohibido.
Conducir hablando por el móvil manualmente, o utilizar cualquier dispositivo parecido mientras se conduce.
No mantener la distancia de seguridad con el vehículo que llevamos delante.
Conducir sin llevar el cinturón de seguridad (o el casco si vamos en moto).
4 PUNTOS
Circular por autovía o autopista con vehículos no autorizados para ello (ciclomotores, carretas, etc.).
Conducir con un exceso de más del 50% de las plazas permitidas (por ejemplo, si el coche permite 5 plazas, en este caso se sancionaría llevar 8 pasajeros).
Conducir un vehículo sin licencia o permiso para ello.
Arrojar a la vía objetos que puedan provocar incendios o accidentes (colillas...).
Conducir de forma negligente, poniendo en peligro a los demás conductores (hacer el loco al volante).
Exceder los límites de velocidad en más de 40 km/h, siempre que no suponga además un exceso del 50%.
Saltarse los semáforos, stops y cedas al paso.
Adelantar donde no está permitido o hacerlo incumpliendo las normas generales para ello.
Poner en peligro a los ciclistas mientras se adelantan (no mantener la distancia de seguridad con ellos).
Hacer marcha atrás en autovías y autopistas.
No respetar las señales que realizan los agentes de tráfico.
Aumentar la velocidad mientras otro vehículo nos está adelantando, dificultando su maniobra de adelantamiento y poniéndole en peligro.
6 PUNTOS
Conducir con una tasa de alcohol superior a 0.50 mg/l de aire expirado (para profesionales y noveles el límite es 0.30). Si la tasa es superior a 0.25 pero inferior a 0.50, se restarán 4 puntos (para noveles y profesionales, entre 0.15 y 0.30).
Conducir bajo los efectos de estupefacientes, drogas, estimulantes, etc.
Conducir de forma temeraria, en sentido contrario o hacer competiciones con otros vehículos y carreras ilegales.
Incumplir la obligación de someterse a las pruebas de control de alcoholemia o similares.
Sobrepasar más de un 50% la velocidad máxima permitida autorizada, siempre que ello suponga un aumento de 30 km/h.
Para profesionales, el exceso de más del 50% en los tiempos de conducción o la minoración en másd el 50% en tiempos de descanso (si lo normal es conducir un máximo de 2 horas, si te pasas hasta 3 horas, y si el mínimo descanso es media hora, si no se llega al cuarto de hora).
Los noveles (como yo), hasta que cumplamos 3 años de permiso de conducción, empezamos con un saldo de 8 puntos. El resto de conductores con más de 3 años de experiencia, empiezan con 12 puntos. Por cada infracción de las anteriores que cometan, se le restarán los correspondientes puntos. Si se llega a cero, se quedará sin carnet durante un tiempo, y para volver a conducir deberá pasar unas pruebas de rehabilitación. Si eres buen conductor, te pueden aumentar el saldo hasta llegar a 15 puntos.
¿Te ha quedado claro? Así esperamos disminuir el número de accidentes en España, y así el número de muertos. En Francia, Italia y Alemania ya funciona, y se ha disminuído el número de víctimas en un 10%. Si queremos podemos conducir mejor.
Más información en la web de la DGT.
Además, puedes consultar siempre tu saldo de puntos desde dicha web. Ayuda: el número de permiso es simplemente tu DNI (sin letra) y la fecha es aquella cuando aprobaste el examen práctico.
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